Importancia de la confidencialidad de la invención para proteger el requisito de la novedad
Del requisito de la novedad se deriva la importancia de mantener la confidencialidad de determinada invención antes de que sea solicitado el registro. Para ello esencial será la protección contractual a través de acuerdos de confidencialidad, tanto con los trabajadores dependientes o con las personas a las que se le encarguen las actividades de I+D, como con posibles inversionistas o personas que por una u otra razón vayan a conocer de la invención.
Sin perjuicio de este requisito, existe en nuestra legislación el llamado periodo de gracia o periodo de divulgación inocua, que habilita al solicitante o a su causante a solicitar protección dentro de los 12 meses siguientes a la divulgación de la invención cuando haya sido hecha o se derive del solicitante o cuando ha sido hecha o se derive de abusos y prácticas desleales que hubiese sido objeto el solicitante y su causante.
No obstante existir el periodo de divulgación inocua, es conveniente siempre mantener la confidencialidad de la información a que se refiere la invención para evitar cualquier tipo de problemas al solicitar el título de protección evitando tener que acreditar los supuestos de la divulgación inocua.