Las patentes, también conocidas con el nombre de patentes de invención, son el medio más generalizado que existe para proteger los derechos de los inventores.
Una patente es un derecho exclusivo que concede el Estado para la protección de una invención y que proporciona derechos exclusivos que permitirán utilizar y explotar su invención e impedir que terceros la utilicen sin su consentimiento. Si opta por no explotar la patente, puede venderla o ceder los derechos a otra empresa para que la comercialice bajo licencia.
Es decir, la patente consiste en el derecho otorgado a un inventor por un Estado que permite que el inventor impida que terceros exploten por medios comerciales su invención durante un plazo limitado.
Las patentes son el principal instrumento jurídico para proteger una invención.
Lo que caracteriza a una invención es que se trata de una solución a un problema técnico o funcional, no estético o de otro carácter. Una invención podrá ser un producto o un procedimiento, o estar relacionada con ellos.
El problema técnico puede ser antiguo o nuevo, pero la solución ha de ser nueva para que pueda merecer obtener una patente. Descubrir simplemente algo que ya existe en la naturaleza, a lo que llamamos descubrimiento, no es una invención, hay que agregar una intervención humana.
Una invención no necesariamente debe ser algo complejo. Sin embargo, en la actualidad, con el nivel de especialización en las diversas áreas del conocimiento, la mayoría de las invenciones son producto de actividades de investigación y desarrollo (I+D) llevadas a cabo o financiadas por empresas, centros de investigación o universidades, que se caracterizan por requerir una serie de recursos humanos, materiales y financieros óptimos para lograr el resultado que se espera, resultado que podrá darse en la forma en que originalmente estaba presupuestado o en otro.
La teoría en que se basa el sistema es que los beneficios financieros derivados de la explotación de la patente y la revelación de las invenciones resultantes para su difusión y utilización públicas promoverán la innovación y elevarán el nivel técnico de la industria de un país, con beneficios evidentes para su comercio.
En efecto, al otorgar un derecho exclusivo, la patente resulta ser un incentivo al ofrecer al inventor reconocimiento por su actividad creativa y retribución material por su invención comercial. Esos incentivos fomentan, a su vez, la innovación, lo que además contribuye a mejorar la calidad de la vida humana. En contrapartida a la obtención de derechos exclusivos, el inventor tiene la obligación de divulgar al público la invención patentada, de modo que terceros puedan beneficiarse de los nuevos conocimientos y contribuir así al desarrollo tecnológico.
De ahí que la divulgación de la invención constituya un criterio esencial en los procedimientos de concesión de patentes. Todo ha sido pensado en el sistema de patentes de modo que se tengan en cuenta en pie de igualdad, los intereses de los inventores y los intereses del público en general.
Es equivocado creer que las patentes se aplican únicamente a procesos y productos físicos y químicos complejos o que sólo son útiles para grandes empresas. En general, pueden conseguirse patentes para cualquier dominio de la tecnología, desde clips sujetapapeles hasta productos farmacéuticos complejos. Existen miles de patentes para productos de uso diario como filtros, botellas de cristal, telas o bicicletas.
En el término "patente" también está implícito el documento emitido por la correspondiente autoridad gubernamental en esa esfera.
En Chile, la Ley de Propiedad Industrial define invención como "toda solución a un problema de la técnica que origine un quehacer industrial", entendido este último concepto en su acepción más amplia e independientemente de la factibilidad económica para ponerla en práctica.
La primera concesión de una patente de invención en nuestro país se produjo el 5 de octubre de 1840, cuando el médico Andrés Blest, tío del autor de la famosa novela Martín Rivas, introdujo en Valparaíso un "método para hacer el ron en Chile".
La patente consiste en un derecho excluyente que se concede por un período limitado de tiempo, 20 años desde la fecha de presentación de la solicitud por un periodo no renovable, siempre que su titular pague las tasas anuales de mantenimiento, y es válido únicamente en el país donde se ha pedido la protección (principio de territorialidad).
Novedad
Una invención se considera nueva cuando no existe con anterioridad en el estado de la técnica. El estado de la técnica comprenderá todo lo que haya sido divulgado o hecho accesible al público, en cualquier lugar del mundo, mediante una publicación en forma tangible, la venta o comercialización, el uso o cualquier otro medio, antes de la fecha de presentación de la solicitud de patente en Chile o de la prioridad reclamada.
También quedará comprendido dentro del estado de la técnica el contenido de las solicitudes nacionales de patentes o modelos de utilidad tal como hubiesen sido originalmente presentadas, cuya fecha de presentación sea anterior a la señalada en el inciso precedente y que hubieren sido publicadas en esa fecha o en otra posterior.
Nivel Inventivo
Se considera que una invención tiene nivel inventivo si para una persona normalmente versada en la materia técnica correspondiente no resulta obvia ni se habría derivado de manera evidente del estado de la técnica.
Aplicación Industrial
Se considera que una invención es susceptible de aplicación industrial cuando su objeto pueda, en principio, ser producido o utilizado en cualquier tipo de industria. Para estos efectos, la expresión industria se entenderá en su más amplio sentido, incluyendo a actividades tales como manufactura, minería, construcción, artesanía, agricultura, silvicultura y pesca.
Todo objeto patentado deberá llevar la indicación del número de la patente, ya sea en el producto mismo o en el envase, y deberá anteponerse en forma visible la expresión "Patente de Invención" o las iniciales "P.I." y el número del registro.
Se exceptúan de la obligación establecida en el inciso anterior, los procedimientos en los cuales por su naturaleza, no es posible aplicar esta exigencia.
La omisión de este requisito no afectará la validez de la patente. Pero quienes no cumplan con esta disposición, no podrán ejercer las acciones penales a que se refiere esta ley.
Cuando existan solicitudes en trámite, se deberá indicar esa situación, en el caso de que se fabriquen o comercialicen con fines comerciales los productos a los que afecte dicha solicitud.