¿Cómo se efectúa la cesión de una solicitud de marca?
Durante la tramitación de la solicitud de marca, se puede "ceder" la solicitud de marca a un tercero. Para que la cesión tenga efecto respecto de terceros, se debe ser comunicado al INAPI. Este trámite no genera ningún pago de derechos ante el INAPI. Sólo se debe informar al INAPI, acompañando el contrato de cesión en la respectiva solicitud. La cesión debe por lo menos constar por escrito y en un documento simple firmado ante notario. Cedente y Cesionario.
Durante la tramitación de la solicitud de marca, se puede "ceder" la solicitud de marca a un tercero. Para que la cesión tenga efecto respecto de terceros, se debe ser comunicado al INAPI. Este trámite no genera ningún pago de derechos ante el INAPI. Sólo se debe informar al INAPI, acompañando el contrato de cesión en la respectiva solicitud.
La cesión debe por lo menos constar por escrito y en un documento simple firmado ante notario. Cedente y Cesionario.
En consecuencia el único requisito para ceder una solicitud es que la solicitud de marca se encuentre en trámite, esto es que se encuentre vigente y tiene como tope final para presentar el contrato de cesión en el INAPI, hasta el mismo día del plazo para pagar y acreditar los derechos finales de una solicitud.
Si el escrito se presenta con posterioridad deberá efectuarse mediante el trámite de anotación de transferencia a un registro, el cual tiene asociado el pago de un derecho de 1 UTM.