Ginebra, Suiza – Tras 25 años de negociaciones, los Estados miembros de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual - OMPI, entre ellos Chile, aprobaron por un consenso el nuevo Tratado sobre Propiedad Intelectual, Recursos Genéticos y Conocimientos Tradicionales Asociados.
Se trata del primer tratado de la OMPI que aborda la interrelación de la propiedad intelectual con los recursos genéticos y los conocimientos tradicionales, y el primer acuerdo del organismo mundial que incluye, específicamente, disposiciones para los Pueblos Indígenas y las comunidades locales.
Una vez entrado en vigor con 15 Partes Contratantes, el Tratado establecerá en el derecho internacional un nuevo requisito de divulgación para los solicitantes de patente, cuyas invenciones se basan en recursos genéticos o conocimientos tradicionales asociados.
El acuerdo se alcanzó luego de dos semanas de arduas discusiones en la Conferencia Diplomática de los Estados Miembros, que tuvo lugar en la sede de la OMPI. La Directora Nacional de INAPI, Loreto Bresky y la Encargada de Asuntos Internacionales, Denisse Pérez, participaron en representación del Instituto Nacional de Propiedad Industrial de Chile.
Con fecha 24 de mayo de 2024, se celebró la ceremonia de firma del acuerdo multilateral histórico para el sistema internacional de Propiedad Intelectual (PI).
Sobre el Tratado
En términos generales, cuando una invención reivindicada en una solicitud de patente esté basada en recursos genéticos, cada Parte Contratante exigirá a los solicitantes que divulguen el país de origen o la fuente de los recursos genéticos. Cuando la invención reivindicada en una solicitud de patente esté basada en conocimientos tradicionales asociados a recursos genéticos, cada Parte Contratante exigirá a los solicitantes que divulguen los Pueblos Indígenas o la comunidad local, según corresponda, que proporcionaron los conocimientos tradicionales.
Recursos genéticos y los conocimientos tradicionales asociados
Los recursos genéticos están contenidos, por ejemplo, en plantas medicinales, cultivos agrícolas y razas animales. Aunque los recursos genéticos en sí no pueden protegerse directamente como propiedad intelectual, sí es posible proteger las invenciones desarrolladas a partir de ellos, la mayoría de las veces por medio de una patente.
Algunos recursos genéticos también están vinculados a conocimientos tradicionales a través de su uso y conservación por parte de los Pueblos Indígenas, así como de las comunidades locales, a menudo a lo largo de generaciones. En ocasiones, esos conocimientos se utilizan en la investigación científica y, de ese modo, pueden contribuir al desarrollo de invenciones protegidas.