Así, la gran parte de las veces, en especial en la etapa de I+D, los intangibles son protegidos mediante acuerdos de confidencialidad como secretos empresariales que son, para ser posteriormente solicitados como patente o no, en caso de que se cumplan los requisitos de patentabilidad. Lo propio ocurre con el resto de los títulos de propiedad industrial.
Toda nueva marca registrada, dibujo o modelo, obra creativa u otras ideas creativas se encuentran debidamente protegidas contra la apropiación indebida o la pérdida. La protección de esta información en forma de secretos empresariales debe persistir mientras la información siga proporcionando una ventaja competitiva al negocio, o hasta que esté protegida por un tipo distinto de títulos de propiedad industrial.